martes, 30 de noviembre de 2010

Artículo 6to de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos

La adición de un segundo párrafo al artículo 6to de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoció expresamente el derecho de acceso a la información como un derecho fundamental. Esta reforma constituye el resultado de una constitución plural y de una acción concertada de los gobernantes de varias entidades federativas y el poder legislativo federal que pone en manifiesto el compromiso a la transparencia y el acceso a la información, mismo que ha alcanzado y reforzado un amplio consenso en el ámbito político, social y académico de la nación.
La reforma al artículo 6to constitucional establece en sus fracciones l, ll y lll los principios fundamentales que dan contenido al derecho de acceso a la información.
La reforma al artículo 6to de la constitución política de los estados unidos mexicanos fue un avance histórico para la legislación sobre el derecho a la información. Pero desde su concepción fue dirigida principalmente a obligar a algunas entidades federativas a cumplir con requisitos mínimos en la materia. Al tratarse de un derecho fundamental, no era posible que un particular tuviera más derecho a la información frente a su gobierno federal que frente a sus autoridades locales.

1 comentario:

  1. buen trabajo... me enCanto el tema y lo hicierOn mui bien... Felicidades ! (:

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